Vicario Judicial

Vicario Judicial

Servicio Pastoral

Pbro. Caudio Soto Hefmann

El Vicario Judicial ejerce potestad vicaria ordinaria judicial, es decir ejerce la potestad correspondiente al oficio que desempeña. Como función vicaria de la potestad judicial del obispo diocesano.
Funciones específicas del Vicario Judicial
Puede juzgar causas que el obispo diocesano no haya reservado para sí. También llama por turno a los jueces para juzgar cada causa (c. 1425,3 DC 35; 76,1). El vicario judicial declara la sentencia en procesos documentales de nulidad matrimonial (c. 1686)
Preside los tribunales colegiales, a no ser que se haya nombrado como praeses (procurador) al vicario judicial adjunto o a otro juez (clerical) (cf DC 46.1)
El vicario judicial resuelve peticiones de recusación de jueces (c. 1449,2: DC68,2). También concede el consentimiento requerido para que un tribunal sea competente en causa de nulidad matrimonial, e las situaciones en que se pretende el fuero de la parte actora (c 1673,3) o del lugar donde se ha de recoger la mayor parte de las pruebas (c. 1673,4).
El vicario judicial está obligado a dar cuenta del estado y la actividad del tribunal al obispo diocesano.

Vicario Judicial

Horarios

Pbro. Caudio Soto Hefmann

El Vicario Judicial ejerce potestad vicaria ordinaria judicial, es decir ejerce la potestad correspondiente al oficio que desempeña. Como función vicaria de la potestad judicial del obispo diocesano.
Funciones específicas del Vicario Judicial
Puede juzgar causas que el obispo diocesano no haya reservado para sí. También llama por turno a los jueces para juzgar cada causa (c. 1425,3 DC 35; 76,1). El vicario judicial declara la sentencia en procesos documentales de nulidad matrimonial (c. 1686)
Preside los tribunales colegiales, a no ser que se haya nombrado como praeses (procurador) al vicario judicial adjunto o a otro juez (clerical) (cf DC 46.1)
El vicario judicial resuelve peticiones de recusación de jueces (c. 1449,2: DC68,2). También concede el consentimiento requerido para que un tribunal sea competente en causa de nulidad matrimonial, e las situaciones en que se pretende el fuero de la parte actora (c 1673,3) o del lugar donde se ha de recoger la mayor parte de las pruebas (c. 1673,4).
El vicario judicial está obligado a dar cuenta del estado y la actividad del tribunal al obispo diocesano.

© Arzobispado de Concepción